ELIMINAR FOTOS DE INTERNET
ELIMINAR FOTOS DE UNA RED SOCIAL, DE UN BUSCADOR Y EXIGIR SU BORRADO.
Esta mañana comentamos con Macarena Perona, abogada experta en tecnología sobre el borrado de fotos en las que aparecemos en una RR.SS. o en otra plataforma digital, cuando no hemos dado nuestro consentimiento.
Qué pasa, cómo se hace y esas preguntas que todos tenemos en la cabeza?
Pues sí la verdad, la cuestión es sencilla, vemos una foto nuestra o de un menor a nuestro cargo de -14 años, en una RRSS en Google o en otra plataforma de internet que no hemos consentido y queremos que no aparezca.
Lo primero que deberemos hacer es reclamar por una vía fehaciente, en la que se señale la fecha y el contenido solicitando el borrado de la fotografía nuestra petición al tercero que haya publicado la fotografía el borrado de la misma, según regula el art. 17.2. Reglamento Y la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Que nos dice literalmente: “. Cuando haya hecho públicos los datos personales y esté obligado, en virtud de lo dispuesto en el apartado 1, a suprimir dichos datos, el responsable del tratamiento, teniendo en cuenta la tecnología disponible y el coste de su aplicación, adoptará medidas razonables, incluidas medidas técnicas, con miras a informar a los responsables que estén tratando los datos personales de la solicitud del interesado de supresión de cualquier enlace a esos datos personales, o cualquier copia o réplica de los mismos”
Es decir EJERCITAR EL DERECHO DE SUPRESIÓN, de nuestra imagen, y para ello, deberemos hacerlo constar así.
Qué ocurre cuando lo solicitamos y no lo borran?
Sencillo aquí es donde entrará nuestra petición a la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS, a fin de que acreditando que hemos reclamado a la entidad, pasado el plazo de UN MES, no han retirado la imagen.
Es donde la agencia podrá ejercitar las acciones de protección para reclamar el borrado de la imagen. Y entonces ejercitar nuestro DERECHO AL OLVIDO.
Que a continuación determinamos el link de la AEPD, para poder descargar el formulario y presentarlo a la agencia.
Link: https://www.aepd.es/sites/default/files/2019-09/formulario-derecho-de-supresion.pdf
Pero qué ocurre cuando la foto se publica en una red social?
Facebook. Aquí la web de la agencia española nos determina los canales más sencillos para solicitar a otro usuario que elimine nuestra foto, por ejemplo DENUNCIA DE LA FOTOGRAFIA.
Google. Nos explica los distintos canales de eliminación de contenido.
Qué derecho podría entrar en colisión?
La libertad de expresión, y aquí creo que es evidente las últimas sentencias que han tenido lugar para personajes públicos y que ya hemos comentado en otros momentos en tu programa, pero en cualquier caso los requisitos que deben concurrir:
- Si tus datos personales ya no son necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro modo
- Si el tratamiento de tus datos personales se ha basado en el consentimiento que prestaste al responsable, y retiras el mismo, siempre que el citado tratamiento no se base en otra causa que lo legitime
- Si te has opuesto al tratamiento de tus datos personales al ejercitar el derecho de oposición en las siguientes circunstancias
-El tratamiento del responsable se fundamentaba en el interés legítimo o en el cumplimiento de una misión de interés público, y no han prevalecido otros motivos para legitimar el tratamiento de tus datos
-A que tus datos personales sean objeto de mercadotecnia directa, incluyendo la elaboración perfiles relacionada con la citada mercadotecnia
- Si tus datos personales han sido tratados ilícitamente
- Si tus datos personales deben suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal establecida en el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento
- Si los datos personales se han obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información mencionados en el artículo 8, apartado 1 (condiciones aplicables al tratamiento de datos de los menores en relación con los servicios de la sociedad de la información).
Lo que venimos a explicar es que si ves una foto tuya en internet y quieres que sea eliminada puedes hacerlo, porque todos tenemos el derecho a poder hacerlo.
Si tienes una de estas circunstancias y quieres ejercer tu derecho puedes saber más
fUENTE:
https://www.aepd.es/es/areas-de-actuacion/internet-y-redes-sociales/eliminar-fotos-y-videos-de-internet